Días pasados la sociedad se consternó con la noticia de la muerte de un niño de dos años. Se trata de Thiago, y su muerte su mamá y la pareja de ella continúan detenidos.
Tras la muerte del niño, se ordenó que su hermanito de 10 meses sea trasladado al Hogar Cuna, tras la intervención de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia de la Provincia. Según detallaron, la decisión se tomó ante el riesgo potencial del entorno, por lo que el organismo dependiente del Ejecutivo dictó de forma urgente una medida de alojamiento transitorio excepcional.
Si bien el niño no presentaba signos de violencia al momento de ser alojado allí, la jueza de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Nº 3, declaró la legalidad de la medida y dispuso que el menor continúe alojado en dicha institución.
Entiende la magistrada que de esta manera, se está preservando su estabilidad mientras se definen las alternativas familiares. Asimismo, ordenó de manera estricta evitar la difusión de imágenes e información del niño para evitar un perjuicio mayor a su integridad.
De este espacio de articulación participaron activamente la Asesoría de Incapaces Nº 5, la Tutora Oficial, el Fiscal Penal Nº 2, además del padre y la abuela paterna del niño. Si bien la familia paterna solicitó la guarda del menor, el padre del niño acumula numerosas denuncias en su contra radicadas en su momento por la madre e incluso una vecina dijo haberlo visto pateando en el vientre a la madre cuando cursaba el embarazo del niño.
Debido a la denuncia por violencia, el nacimiento de este niño se produjo con una restricción judicial de acercamiento vigente hacia el progenitor. Asimismo, el hombre deberá afrontar próximamente un juicio penal en una causa por lesiones agravadas por la relación de pareja previa y por el género en dos hechos en concurso real.
Ante estos severos antecedentes de violencia intrafamiliar, y priorizando de manera absoluta el interés superior del niño, la Justicia desestimó la posibilidad de otorgar el cuidado al progenitor y dispuso que el menor permanezca bajo el resguardo estatal.
La permanencia del lactante en el Hogar Cuna no representa una resolución definitiva, sino una medida de protección y diagnóstico. Para determinar la viabilidad de una futura alternativa familiar, la Justicia cuenta con el soporte de un equipo interdisciplinario del Poder Judicial, integrado por psicólogos y trabajadores sociales.
Se realizará un seguimiento durante 30 días de la familia paterna, para tomar una decisión.
El rol clave de la Secretaría de Niñez
La protección del lactante se inició gracias a la intervención de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia de la Provincia. Ante el riesgo potencial del entorno, el organismo dependiente del Ejecutivo dictó de forma urgente una medida de alojamiento transitorio excepcional.
A través de esta disposición, el bebé fue derivado al Hogar Cuna “Dr. Luis Güemes”, donde el cuerpo médico constató que no presentaba signos de violencia física, garantizando su estabilidad y cuidado en las horas más críticas posteriores al hecho.
Compromiso judicial en territorio: El control de legalidad
Por su parte, el Poder Judicial convalidó y profundizó las actuaciones con un fuerte compromiso en territorio. La jueza de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Nº 3 asumió un rol activo en el control de legalidad de la medida excepcional.
La magistrada se constituyó personalmente en las instalaciones del Hogar Cuna para verificar de primera mano el perfecto estado de salud del menor y recibir los informes correspondientes, asegurando una tutela judicial efectiva y humana.
Tras presidir la audiencia de control de legalidad y evaluar los informes del equipo interdisciplinario del Poder Judicial, la jueza declaró la legalidad de la medida y dispuso que el menor continúe alojado en dicha institución, preservando su estabilidad mientras se definen las alternativas familiares. Asimismo, la magistrada ordenó de manera estricta evitar la difusión de imágenes e información del niño para evitar un perjuicio mayor a su integridad. De este espacio de articulación participaron activamente la Asesoría de Incapaces Nº 5, la Tutora Oficial, el Fiscal Penal Nº 2, además del padre y la abuela paterna del niño.
Rigor técnico y perspectiva de género: Exclusión del progenitor
Durante el trámite de la causa, la rama paterna solicitó formalmente la tutela del menor por primera vez, sin que existieran registros ni solicitudes previas de este tipo. En la audiencia celebrada se escucharon detalladamente los informes de los psicólogos y trabajadores sociales sobre el entorno. La toma de decisiones se rige bajo un estricto criterio de protección y perspectiva de género, cruzando los datos de los Juzgados de Violencia Familiar y de Género. Al respecto, se constató que no surgen antecedentes de violencia por parte de la madre hacia sus hijos, aunque actualmente ella se encuentra imputada por homicidio calificado junto a su actual pareja.
En contrapartida, el padre de los niños, acumula numerosas denuncias en su contra radicadas en su momento por la madre e incluso una vecina dijo haberlo visto pateando en el vientre a la madre cuando cursaba el embarazo del niño cuyo cuidado el hombre reclama públicamente. Fue por esto que el nacimiento de este niño se produjo con una restricción judicial de acercamiento vigente hacia el progenitor. Asimismo, el hombre deberá afrontar próximamente un juicio penal en una causa por lesiones agravadas por la relación de pareja previa y por el género en dos hechos en concurso real. Ante estos severos antecedentes de violencia intrafamiliar, y priorizando de manera absoluta el interés superior del niño, la Justicia desestimó la posibilidad de otorgar el cuidado al progenitor y dispuso que el menor permanezca bajo el resguardo estatal.
Seguimiento del caso
La permanencia del lactante en el Hogar Cuna no representa una resolución definitiva, sino una medida de protección y diagnóstico. Para determinar la viabilidad de una futura alternativa familiar, la Justicia cuenta con el soporte de un equipo interdisciplinario del Poder Judicial, integrado por psicólogos y trabajadores sociales. Estos profesionales, en coordinación con el personal de la Secretaría de Niñez, tendrán a su cargo el abordaje integral, la realización de estudios periciales y el seguimiento continuo de la dinámica familiar por un plazo de 30 días, consolidando una política de protección pública que acompaña a la víctima en todo su desarrollo.



