Deben brindar facilidades a los usuarios que deseen abonar sus facturas.
El Ente Regulador de Servicios Públicos estableció, por una orden regulatoria, que en un plazo de 10 días las empresas que cobran servicios tomen medidas administrativas e informáticas para brindar mayores comodidades y facilidades a los usuarios que se disponen a pagar sus boletas.
Puntualmente se especifica lugares de cobro de servicios, tales como Rapi-Pago y Pago- Fácil o toda otra boca de pago que se encuentre tercerizada.
En todos los casos los usuarios podrán: cancelar facturas de servicios vencidas, el pago de las facturas de servicio eléctrico se podrá abonar con la sola indicación del NIS o número de suministro y realizar el pago tanto en efectivo, tarjeta de crédito u otro medio electrónico.
El organismo acompañará esta decisión con rigurosas inspecciones que, además, incluye control sobre las medidas tomadas para minimizar las gestiones, los tiempos de espera y garantizar el cumplimiento del aislamiento social.
Desde el Enresp se busca garantizar al usuario el derecho a un trato digno y equitativo, aún más en tiempos de emergencia sanitaria.
Susidios
Mientras se extienda la emergencia sanitaria que rige por la pandemia coronavirus COVID-19, el Ente Regulador de Servicios Públicos puso a disposición de los usuarios dos vías de contacto para aquellos que necesiten postular o renovar el subsidio por los servicios de agua y luz.
El uso de estas herramientas permitirá que ningún interesado tenga que trasladarse hasta la sede del organismo. El trámite se podrá realizar por: el número de WhatsApp: 3876347400 y los siguientes correos electrónicos: usuarios.enteregulador @gmail.com / emilce_funes _82@hotmail.com / ale.lore .madrid85@gmail.com / vero nica.andulce@hotmail.com
Requisitos para acceder al beneficio
Fotocopia de primera y segunda hoja del DNI de todos los habitantes permanentes de la vivienda.
Fotocopia de la última factura de luz y agua a nombre del postulante del beneficio. En caso de no ser titular presentar autorización del mismo.
En caso de no poseer alguno de los servicios (luz o agua), para poder postular al otro, deberá presentar constancia de Edesa o Aguas del Norte acreditando que no posee dicho servicio.