Licencia para los judiciales de Salta que regresen de áreas con COVID-19

Es por 14 días. Rige para quienes hayan viajado a China, Japón, Corea del Sur, Irán, Italia, España, Francia y Alemania.

La Corte de Justicia de Salta dispuso por Acordada 13079 que los magistrados, funcionarios, profesionales, técnicos, agentes administrativos y de servicios generales que hubieran ingresado al país procedentes del área de circulación y transmisión de coronavirus (COVID-19), deberán tomar licencia excepcional, con goce de haberes de catorce días.

Durante ese plazo, deberán permanecer en sus hogares y abstenerse de concurrir a sus puestos de trabajo. Para conceder la licencia, el personal deberá remitir copia del pasaporte o del pasaje, únicamente vía correo electrónico al mail asistencia@justiciasalta.gov.ar.

El personal que hubiera ingresado del área referida con anterioridad a la Acordada 13079, deberá tomar una licencia con goce de haberes hasta completar el plazo de catorce días. 

Una vez finalizado el plazo de catorce días, el personal deberá requerir a un médico de hospital público la correspondiente constancia de alta médica, la cual deberá ser remitida únicamente vía correo electrónico.

La licencia excepcional se mantendrá hasta nueva disposición y no se computará a los fines de otras licencias establecidas en el reglamento interno. 

La Acordada 13079 cita la resolución 2020-178-APN-MT dictada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación y las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.

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