Retenciones: así quedaron las escalas tras la oficialización

Los derechos de exportación de más de 20 productos bajarán con el nuevo esquema de retenciones.

La medida, que fue publicada en el Boletín Oficial pese al descontento de la Mesa de Enlace del campo, también contempla compensaciones a productores de soja que comercialicen menos de 100 y 1.000 toneladas anuales de oleaginoisa, tributarán alícuotas que irán del 20% al 30%.

El decreto contempla entre los productos a la baja al girasol y derivados, harina de trigo, maní y pescado congelado, entre otros.

A continuación el detalle de los productos con la alícuota que deberán tributar por derechos de exportación y los puntos porcentuales de reducción:

  • Girasol 7% (-5 p.p.)
  • Aceite de Girasol 7% (-5 p.p.)
  • Harina de trigo 7% (-2 p.p.)
  • Maní 7% (-5 p.p.)
  • Lana sucia 7% (-2 p.p.)
  • Pescado congelado 7% (-2 p.p.)
  • Arroz paddy 6% (-6 p.p.)
  • Harina de maíz 5% (-4 p.p.)
  • Arroz pulido 5% (-4 p.p.)
  • Carne porcina 5% (-4 p.p.)
  • Embutidos 5% (-4 p.p.)
  • Carne ovina 5% (-4 p.p.)
  • Lana limpia 5% (-4 p.p.)
  • Girasol confitero 5% (-7 p.p.)
  • Maíz pisingallo 5% (-4 p.p.)
  • Maíz flint envasado 5% (-7 p.p.)
  • Arvejas 5% (-4 p.p.)
  • Porotos 5% (-4 p.p.)
  • Garbanzos 5% (-4 p.p.)
  • Lentejas 5% (-4 p.p.)
  • Pescado fresco 5% (-4 p.p.)
  • Pescado en góndola 5% (-4 p.p.)

Productos sin modificaciones en alícuotas de derechos de exportación (DEX):

  • Maíz 12%
  • Trigo 12%
  • Sorgo 12%
  • Leche en polvo 9%
  • Carne bovina 9%
  • Carne bovina con hueso 9%
  • Carne aviar 9%
  • Economías regionales 5%
  • Harina de sorgo 5%
  • Lácteos 5%
  • Algodón 5%
  • Hortalizas 5%
  • Papa 5%
  • Tomate 5%
  • Lechuga 5%
  • Vino 5%
  • Frutilla 5%
  • Limones 5%
  • Manzanas 5%
  • Uvas 5%

Modificación al alza de DEX:

  • Soja y derivados 33% (+3 p.p.)

En lo que respecta al esquema de compensaciones, el Gobierno explicó que el incremento de 3 puntos porcentual alcanzará solo al 26% de los productores de soja (14.884) que producen el 77% del volumen total de la oleaginosa, mientras que el 74% (42.406) tributarán como máximo el 30%.

De esta manera, a un productor que comercializa 100 toneladas (tn) anuales se le cobrará retenciones por el 20% de sus exportaciones de soja; de 101 a 200 tonelada, 23%; de 201 a 300 toneladas, 26%; de 301 a 400 toneladas, 28%; de 401 a 500 toneladas, 29%; y de 501 a 1.000 toneladas, 30%.

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