Rige desde hoy el Certificado Único de Circulación en el país

Se obtiene vía internet. En Salta se exige el permiso provincial.

Desde hoy, los afectados a algunas de las actividades declaradas esenciales durante el aislamiento social preventivo y obligatorio -como el personal funerario, de la obra pública, transporte; lavandería; vigilancia; producción, venta y reparto domiciliario de alimentos o productos de higiene, etc.- solo podrán “validar esta situación” tramitando el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.

“Establécese que, a partir del 6 de abril de 2020 el instrumento para validar la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 6§ del Decreto N§ 297/20, sus normas modificatorias y complementarias (…) será el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia COVID 19”, dice la Resolución Administrativa 446/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

También quedan eximidas las personas “que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor”, dentro de las cuales se encuentra la búsqueda de protección ante casos de violencia por motivos de género al interior de los domicilios donde se cumple la cuarentena.

También están exceptuados los trabajadores del Sector Público Nacional, de los poderes Legislativo y Judicial, de las Provincias y los municipios que “prestan servicios críticos”.

En virtud de esto, los únicos obligados a tramitar el Certificado Único Habilitante son:

-Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.

-Personal afectado a obra pública.

-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

-Transporte público de pasajeros, de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

-Servicios de lavandería.

-Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

– Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

También los exceptuados por la Resolución Administrativa 429/2020; es decir:

-Industrias que realicen procesos continuos.

-Producción y distribución de biocombustibles.

-Operación de centrales nucleares.

-Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.

-Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín SA.

-Comisión Nacional de Valores, si resultare necesario.

-Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos.

-Actividades vinculadas a la protección ambiental minera.

-Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.

-Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas solo para repartos domiciliarios.

Personal e intransferible, el Certificado Único Habilitante para Circulación- Emergencia COVID19 se tramita ingresando a https: //tramitesadistancia.gob.ar/, y debe presentarse junto al DNI.

El permiso para circular en Salta

Las personas que forman parte del grupo de excepciones relacionadas con actividades y servicios esenciales pueden circular en el territorio provincial con la declaración jurada emitida por el Ministerio de Seguridad por medio de la Policía de Salta.
Es una declaración jurada que se puede descargar desde la web www.policiadesal ta. gob.ar/requisitos_ circular.php#primero. 
El documento tiene validez legal hasta el 12 de abril y debe ser presentado en los controles policiales con DNI del exceptuado.
Desde el Ministerio de Seguridad provincial advirtieron, no obstante, que las personas que deban viajar a otras provincias -por ejemplo, los transportistas de mercaderías-, deberán contar con el Certificado Único de Habilitación para Circulación establecido por el Gobierno nacional, documento que comienza a regir hoy en todo el país. Este documento se puede obtener ingresando ttps://tramitesadistancia.gob.ar/ tiene una validez de 7 días y es renovable.

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